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Septiembre 2014
Septiembre 2014

La troncalidad: ¡Por fin!

Verónica Casado Vicente

Presidenta de la Comisión Nacional de Medicina Familiar y Comunitaria

Verónica Casado Vicente

Presidenta de la Comisión Nacional de Medicina Familiar y Comunitaria

Las inteligencias poco capaces se interesan en lo extraordinario;
las inteligencias poderosas en las cosas ordinarias.

Elbert Hubbard

 

El BOE del 6 de agosto de 2014 publica, por fin, el Real Decreto de 25 de julio, por el que se regula la troncalidad1. Y ¿por qué por fin? Porque este ha sido un larguísimo proyecto que se inicia en los orígenes de la propia puesta en marcha de la formación especializada vía residencia en España (finales de la década de 1970), pero no es hasta el año 2003, con la LOPS2, cuando se fijan sus bases, y 11 añosdespués se establece el marco legal para su desarrollo. Esta legislación viene a dar sentido a una lógica formativa que no siempre se ha dado. La lógica de empezar desde lo más polivalente y generalista para ir avanzando hacia los contenidos más superespecializados. Así, esta lógica formativa debería iniciarse en el grado, para seguir con la formación especializada troncal, la formación especializada específica y la alta especialización en áreas más concretas.

 

Si bien la especialización vía MIR aporta innegables ventajas, no solo formativas, sino sobre el propio sistema sanitario, no es menos cierto que la atomización de la asistencia, la desconexión entre profesionales y la segmentación del mercado han provocado en estos 30 años un intenso debate sobre cómo hallar un equilibrio entre la necesaria super/sub-especialización y la necesidad de integrar la mayoría de los aspectos de la práctica médica prevalente en el núcleo duro de la formación de todos los especialistas.

 

La reforma de la formación sanitaria especializada a través de la troncalidad pretende dotar al futuro especialista de una base competencial más amplia, que le permita una mayor versatilidad y pluralidad para resolver los problemas de salud de las personas.

 

Pero la troncalidad no está exenta de debilidades y amenazas, de defensores y de detractores, internos y externos. Esto llevó a la estructura docente de Medicina Familiar y Comunitaria (MFyC) a fijar su posición frente al tema3, porque valía la pena analizar las amenazas y debilidades del nuevo sistema pero también sus oportunidades y fortalezas, y no dejarse llevar por la resistencia al cambio. Y, sobre todo, por una razón clave: si el cambio va a hacerse, la Medicina de Familia debe participar en el proceso como protagonista nuclear, tanto por su posible impacto externo como en el interno, al facilitar la adaptación del número de profesionales especialistas formados a las necesidades reales de un sistema sanitario público basado en la Atención Primaria.

 

Nuestras oportunidades se ligan, en primer lugar, a las posibilidades de tener un posicionamiento estratégico para la formación, un posicionamiento estratégico en el sistema y un posicionamiento estratégico sobre la profesión. Este posicionamiento reposa sobre nuestras fortalezas (tabla 1).

 

Pero contar con un marco legislativo no es el final, sino todo lo contrario, marca el principio y es un principio lleno de retos poderosos e ineludibles.

 

PRIMER RETO: ¿qué es la formación especializada troncal?

La formación especializada troncal no es la suma de las competencias que deben adquirir los residentes de primer año de cada especialidad que provenga del tronco. Por ejemplo, los residentes del tronco médico no tienen que saber diagnosticar una valvulopatía porque esta competencia esté incluida en el programa de cardiología para sus residentes de primer año, por el empleo del ecocardiógrafo. Por lo cual, la configuración del programa troncal no va a ser una tarea fácil si no se entiende la transversalidad.

 

SEGUNDO RETO: ¿cómo se conjuga con un posible máster en medicina?

Así mismo, se debe responder a la pregunta lanzada por el Consejo Estatal de Estudiantes de Medicina (CEEM):¿por qué el máster de medicina, si incorpora dos años de rotatorio, no es la formación especializada troncal? Es simple. La formación universitaria sirve para adquirir conocimientos y habilidades: es decir, «el sabe y sabe cómo» de la pirámide de Miller y demostrarlos en entornos controlados (pruebas escritas, portfolios, ECOE [Evaluación Clínica Objetiva Estructurada] o simulaciones), pero las actuaciones reales del «hace» solo pueden trabajarse una vez que se ha acabado la carrera, y ahí es donde empieza la formación especializada troncal, cuya naturaleza formativa se basa en el «aprendizaje de campo tutorizado» con autonomía progresiva.

 

TERCER RETO: ¿qué entornos docentes, itinerarios formativos y tutores precisa la troncalidad?

Este reto está íntimamente ligado al primero. La polivalencia y la transversalidad no se adquieren en entornos subespecializados ni con docentes que atienden a problemas definidos y puntuales. Los entornos docentes y los itinerarios formativos deben ser los más polivalentes, por lo tanto, la Medicina de Familia debe ser un entorno nuclear de desarrollo de la troncalidad del tronco médico y, además, también referente para especialidades de otros troncos. Y es evidente que los tutores troncales principales deben ser los que ofertan más polivalencia y transversalidad, tanto por formación como por los pacientes que atienden. Por todo ello, los tutores troncales han de ser especialmente: médicos de familia de Atención Primaria, médicos de los servicios de urgencias y médicos internistas de hospital. Y estos tutores, al igual que los de formación especializada específica, deben ser reconocidos, apoyados, financiados y con un entorno laboral que les permita desarrollar con calidad su función.

 

CUARTO RETO: ¿está bien dimensionada la estructura docente?

Con este desarrollo van a existir Unidades Docentes Troncales, Unidades Docentes de Especialidad, Unidades Docentes Multidisciplinares, Unidades Docentes Multiprofesionales y Unidades Docentes de Áreas de Capacitación Específicas. Deben desarrollarse sus criterios de acreditación y definir de quién dependen y quién las configura. En este momento, y dadas las tendencias, estamos en una situación cuando menos compleja. Como consecuencia de la fusión de gerencias únicas, hemos visto que algunas Unidades docentes (UUDD) de MFyC han sido absorbidas, y nuestro jefe de estudios se ha convertido en jefe de estudios de toda la formación especializada, pero sin recursos que permitan dimensionar adecuadamente las labores docentes de nuestra unidad.

 

QUINTO RETO: ¿qué formación especializada van a ofertar nuestros centros de salud docentes?

Los centros de salud docentes formarán especialistas en Medicina Familiar y Comunitaria, especialistas en Enfermería Familiar y Comunitaria, y especialistas del tronco médico en su período de formación troncal, y deberían responder a estancias formativas de otros especialistas en formación, no incluidos en el tronco médico. Si la Atención Primaria como ámbito sanitario y la Medicina de Familia como especialidad han de ser la función central del sistema, la Medicina de Familia tiene que ser nuclear en el sistema educativo4, tanto en el grado como en la formación especializada troncal. Y esto lo conseguiremos y se obtendrán buenos resultados si tanto las estructuras como los procesos son bien desarrollados y financiados. Buenos programas, buenas unidades y tutores formados y motivados son la clave.

 

Los médicos de familia hemos sido capaces de cambiar muchas cosas, y ahora puede ser una buena oportunidad para seguir avanzando. Tenemos el deber y el derecho de ser la función central de la educación médica especializada y no solo del sistema sanitario, y por lo tanto, es nuestro derecho y deber conseguir ser el eje de la troncalidad tanto en contenidos como en estructuras5.

 

Anexo 1

Ponencia Casado Vicente V. La troncalidad: ¿qué cambios nos esperan? XXXIV Congreso de la semFYC. Gran Canaria. Maspalomas. 12 de junio de 2014. Disponible en: http://www.semfyc2014.com/readcontents.php?file=webstructure/veronica_casado.pdf

 

Bibliografía

  1. Real Decreto 639/2014 de 25 de julio, por el que se regula la troncalidad, la reespecialización troncal y las áreas de capacitación específica, se establecen las normas aplicables a las pruebas anuales de acceso a plazas de formación y otros aspectos del sistema de formación sanitaria especializada en Ciencias de la salud y se crean y modifican determinados títulos de especialistas. Boletín Oficial del Estado n.o 190, de 6 de agosto de 2014: 63130-67. Disponible en: http://www.boe.es/boe/dias/2014/08/06/pdfs/BOE-A-2014-8497.pdf
  2. Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de Ordenación de las Profesiones Sanitarias. Boletín Oficial del Estado n.o 280, de 22 de noviembre de 2003: 41442-58. Disponible en: http://www.boe.es/boe/dias/2003/11/22/pdfs/A41442-41458.pdf
  3. Documento de conclusiones de las Jornadas de Jefes de Estudio de Unidades Docentes de Medicina Familiar y Comunitaria organizadas por la Comisión Nacional de la especialidad de Medicina Familiar y Comunitaria. 22/03/2011: «Decálogo de buena planificación de la troncalidad requisitos fundamentales para el tronco médico». Disponible en: http://www.doctutor.es/wp-content/uploads/2011/06/ACTA-2011-04-13-ANEXO-1-DEC%C3%81LOGO-DE-BUENA-PLANIFICACI%C3%93N-DE-LA-TRONCALIDAD.pdf
  4. Casado Vicente V. La valoración de la medicina familiar y comunitaria. Aten Primaria. 2010;42:601-3.
  5. Casado Vicente V. Troncalidad y medicina de familia. Aten Primaria. 2009;41:179-80.

AMF 2014; 10(8); ; ISSN (Papel): 1699-9029 I ISSN (Internet): 1885-2521

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